En Chile, una parcela estándar tiene una superficie mínima de 5.000 metros cuadrados. Esto equivale a:
- 0,5 hectáreas.
- 0,005 km2.
Este tamaño mínimo se establece por la normativa del Decreto Ley 3.516, que regula la subdivisión de terrenos rústicos fuera del radio urbano, sin embargo, hay parcelas más grandes (1 ha, 2 ha, etc.) dependiendo del loteo o del uso agrícola, pero nunca menos de 5.000 m² si está fuera del área urbana.